SENTENCIA SL4770-2021
Magistrado Ponente: Gerardo Botero Zuluaga. La Sala Laboral de la Corte, reconoció pensión especial de vejez a un hombre responsable de un hijo en condición de discapacidad. Para recibir esta prestación, el padre o madre no tienen que acreditar que son cabeza de familia ni que están laboralmente activos, lo que se busca con la prerrogativa es que el progenitor pueda dedicarse al cuidado de su hijo discapacitado y de esta manera propender por su rehabilitación y cuidado integral.