Fue sancionada la Ley 2357 de 2024, por medio de la cual se aprobó el Convenio 183 relativo a la protección de la maternidad de la Organización Internacional del Trabajo, en la cual se introducen cambios en la legislación actual respecto a la protección de la trabajadora en el periodo de lactancia.

En este sentido, el artículo 8 de la mencionada Ley establece la prohibición del despido a una mujer durante su periodo de lactancia si no existe una justa causa comprobada. Por lo anterior, se modifica la interpretación vigente, en la cual, en el periodo de lactancia le correspondía a la trabajadora lactante probar que, efectivamente la finalización de su contrato se dio con ocasión de su condición de lactante.

De esta forma, una vez entre en vigencia la Ley, le corresponderá al empleador demostrar que, la decisión de dar por finalizada una relación laboral con una mujer en periodo de lactancia (hasta los dos primeros años de vida del bebé) se dio por razones objetivas suficientes, de lo contrario, la mujer podrá solicitar su reintegro.

No obstante, se debe tener en cuenta que, la Ley entrará en vigor para Colombia, una vez se haya realizado su estudio por parte de la Corte Constitucional y, hayan pasado doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación ante el Director General de la OIT.

Desde Baquero & Asociados realizaremos un seguimiento cercano al control constitucional que deberá surtir la Ley, estando a su disposición para atender cualquier duda sobre el tema.

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